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[INCAPACIDAD]

 

¿COMÓ SE PAGA EL SALARIO EN CASO DE INCAPACIDAD?

Corresponde a la Seguridad Social el pago de un subsidio diario equivalente al 75% del salario del trabajador a partir del cuarto día de incapacidad. El derecho al subsidio se extenderá hasta que el asegurado, recobre la capacidad de trabajo o, a lo más, hasta 52 semanas por la misma enfermedad. El Patrono está obligado a pagar un 75% del salario básico de los trabajadores durante los tres primeros días. (Artículos 307 y 308 del Código de Trabajo, Artículo de la Ley de Seguro Social, Artículos 24 y 27 del Reglamento para la Aplicación del Régimen de Seguro Social).

¿PUEDE SER DESPEDIDO UN TRABAJADOR MIENTRAS SE ENCUENTRA INCAPACITADO?

No existe la posibilidad de despido del trabajador incapacitado, porque el contrato se suspende durante todo el plazo de la incapacidad. La suspensión por incapaciad no afecta la antiguedad del trabajador, pero el tiempo que dure la suspensión no se considera tiempo laborado. El Instituto Salvadoreño del Seguro Social, solamente otorga el subsidio por incapacidad hasta 52 semanas por la misma enfermedad. Si la enfermedad continua deberá ser declarado incapacitado permanentemente, si así lo determinan los médicos del Instituto. (Artículos 35, 36 numeral 4º, 46 y 312 del Código de Trabajo, Artículo 24 del Reglamento para la Aplicación del Régimen de Seguro Social, Artículo 3 del Reglamento de Evaluación de Incapacidades por Riesgo Profesional).

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