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[FUNCIONES DE INSPECCIÓN DE TRABAJO]

La sección de inspección de trabajo: es la encargada de vigilar el cumplimiento de las leyes laborales en los diferentes centros de trabajo de la zona occidental.

[FUNCIONES PRINCIPALES]

 

  • Realizar inspecciones programadas o de oficio en los centros de trabajo de la región, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las leyes laborales.

  • Realizar inspecciones no programadas o especiales como consecuencia de las denuncias interpuestas por los trabajadores.

  • Realizar reinspecciones en los centros de trabajo a efectos de verificar el cumplimiento de las infracciones puntualizadas en las inspecciones respectivas.

  • En caso de incumplimiento a las infracciones puntualizadas, remitir expedientes a trámite de multa. ( Art. 54 L.O.F.S.T.P.S.)

  • Recibir denuncias por violaciones a las leyes laborales por parte de los trabajadores.

  • Realizar un registro de las empresas o centros de trabajo de la región.

  • Realizar cálculos de indemnización y otras prestaciones laborales de los trabajadores.

  • Entregar a los trabajadores hojas de renuncia o indemnización.

  • Realizar audiencias con empleadores y trabajadores para resolver los conflictos de trabajo.

  • Asesorar a trabajadores y empleados en el cumplimiento de las leyes laborales.

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